Más que
defender los derechos de las mujeres, las alertas de género son vistas por los
estados como una obligación, al grado de caer en la simulación de acciones,
destacó Rosío Córdova Plaza, investigadora del Instituto de Investigaciones
Histórico-Sociales de la Universidad Veracruzana.
En el
marco del conversatorio “Reflexiones en torno a la Alerta de Violencia de
Género en Puebla” sostenido en el edificio Carolino de la Universidad Autónoma
de Puebla (UAP), comentó que las mujeres están expuestas a diferentes tipos de
violencia, por lo que es necesario que se establezcan políticas para atender el
fenómeno y erradicarlo.
Al
abordar el panorama actual de las alertas de género en el país, comentó que, a
pesar de lo “vanguardista”, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia, promulgada en 2007 y la Alerta de Violencia de Género
contra las Mujeres (AVGM) han tenido poco impacto en doce años.
Se
aprecia un aumento en el uso de la violencia. Puebla, con 273 muertes de
mujeres de 2017 a 2019, es el estado con la más reciente declaratoria.
A la
fecha 18 estados tienen a Alerta pero con resultados insuficientes; mientras
que, de 2008 a abril de 2019 se contabilizaron 29 mil 332 feminicidios y
homicidios dolosos de mujeres, de los que tres mil 626 ocurrieron en 2018, es
decir, 9.94 casos diarios en ese año.
La AVGM
es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres; pero, lamentablemente
los casos de violencia crecen y 22.4 por ciento de las mujeres en el país viven
en municipios con declaratorias de alerta de género.
Sobre
las principales problemáticas para atender el fenómeno destacó la reticencia
para implementar acciones sobre las AVGM, falta de presupuestos, desinterés del
Estado y burocracia.
“La
defensa de los derechos de las mujeres se plantea como un requisito para
cumplir con la convencionalidad, por lo que las alertas se perciben como un
castigo a los gobiernos de oposición y como una carga excesiva para estados
ergo, simulación. Su principal problema es su carácter obligatorio, pero no
vinculante”.
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