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15/07/2019

Simplifica IMSS pago de ayuda para gastos de matrimonio



Redacción


El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) simplificó los trámites para obtener la ayuda para gastos de matrimonio (AGM), redujo el número de días en que entrega el dinero y ahora se puede hacer directamente en la Afore sin necesidad de acudir a las oficinas de la institución médica.

El Coordinador de Prestaciones Económicas del IMSS, Andrés Ruiz Maciel, señaló que a partir de este año el depósito de la prestación bajó de siete a tres días hábiles, en promedio, y hoy se puede cobrar directamente en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) en la que esté registrado el derechohabiente.

Explicó que la prestación es de 30 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); para 2019, este monto equivale a 2 mil 534.70 pesos y la cantidad varía según la fecha en que se haya contraído el matrimonio civil, pues cada año se modifica su valor, ya sea de la UMA o el importe del salario mínimo, en el caso de los matrimonios anteriores a 2016.

“Es importante mencionar que estos recursos, el importe que se paga, proviene de la cuenta individual del trabajador o trabajadora, es decir, de los recursos que se destinan en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que son administrados por las Afores”, destacó.

Cada año el IMSS respalda la Ayuda para Gastos de Matrimonio a un promedio de 72 mil personas y que se puede otorgar a cada una de las personas que han contraído nupcias, en una sola ocasión.

Los beneficiarios de esta prestación pueden ser parejas de hombre y mujer, o matrimonios de parejas del mismo sexo, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: matrimonio civil celebrado posterior al 30 de junio de 1997; tener un mínimo de 150 semanas de cotización en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, a la fecha de celebración del matrimonio.

Además, ser trabajador en activo al momento de la celebración del matrimonio civil o que haya mantenido la vigencia de derechos hasta 90 días posteriores a su baja.

Ruiz Maciel indicó que los interesados deben acudir a la Afore que administra su cuenta individual, a fin de conocer si cumple estos requisitos; también se pone a su disposición los Módulos de Control de Prestaciones en las Unidades de Medicina Familiar del IMSS, donde se brinda orientación a las y los trabajadores.

Además de cumplir los requisitos señalados, dijo, se deben entregar datos y documentos específicos que son indispensables: identificación oficial, copia certificada del acta de matrimonio, estado de cuenta de la Afore, un documento que contenga su Número de Seguridad Social (NSS) y clave única de Registro de Población (CURP).

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